Estos empleados son los representantes elegidos entre los trabajadores a los que se les da funciones específicas en materia de prevención de riesgos.
Las competencias y garantías de estos representantes son:
- Colaboración entre representantes y dirección de la empresa para mejorar el plan de acción preventiva.
- Ser consultado por el empresario antes de cualquier ejecución del artículo 33 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales (LPRL).
- Dar a conocer entre los trabajadores la normativa para facilitar su cumplimiento.
- Vigilar y controlar que se cumpla la normativa de prevención.
- Cada vez que haya evaluaciones de riesgos con un técnico, acompañarlo.
- Acompañar a los inspectores de trabajo en sus visitas.
- Visitar los lugares de trabajo y vigilar que las instalaciones estén en buen estado.
- Cuando se realizan actividades con riesgo grave e inminente, proponer la paralización de dichas actividades al órgano de representación de los trabajadores.
- Posibilidad de ser atendidos por los delegados y el comité de empresa en caso de una infracción grave.
- Tener prioridad de permanencia si se realiza un expediente de regulación de empleo.
- No ser despedidos ni sancionados durante su mandato y el siguiente año por acciones relacionadas con el cargo de representante. Procede el despido por causas disciplinarias.
- Computar el tiempo dedicado a las reuniones en materia de seguridad y salud laboral
- Disponer de horas mensuales retribuidas.
COMITÉ DE SEGURIDAD Y SALUD
Órgano de la empresa destinado a consultar regularmente las acciones en materia de prevención de riesgos. Estos comités se dan en empresas con 50 trabajadores o más. Estos tienen que estar compuestos por el mismo número que delegados de prevención. Las competencias de esas personas son:
- Cuando se elabora un programa de prevención de riesgos participar en él, su puesta en practica y en su evaluación.
- Promover iniciativas sobre la prevención de riesgos corrigiendo deficiencias o mejorando condiciones.
- Tener acceso a la información para llevar a cabo la ejecución de sus funciones y tareas.
- Estar informado de las acciones del servicio de prevención si es el caso.
- Conocer e informar de la Memoria y Programación anual de los servicios de prevención.
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